No cabe duda que lo suyo, lo suyo, lo suyo de José Julian Dip Leos, Director General de Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A de C.V., no son los puentes.
Ni el roto, aquél que hasta muertes causó, ni el pasado del día 04 con motivo del Aniversario de la Constitución, que arruinó a sus empleados por tener que trabajar para reunir la documentación que abra de exhibirse en el nuevo juicio entablado en su contra.
Y es que, de por sí, ya nadie quiere saber nada de La Botana, mucho menos el Juez Noveno de Distrito con Residencia en Tampico, quien cada que puede se niega a admitir las demandas, pero después por orden del Tribunal Colegiado tiene que admitir.
Esta bien que no es ingeniero y que no tiene obligación de saber de puentes, pero sí se dice licenciado en derecho y, de leyes pues resulta que tampoco sabe nada, pequeño favor le hace a las escuelas Maristas, La Sallistas, Opusdeistas, similares y conexas de San Luis Potosi.
Lista del acuerdo publicado el día 30
de enero del 2013
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
CIVIL Y ADMINISTRATIVA
|
No.
|
Tipo
|
Expediente
|
Actor
|
Demandado
|
Fecha del Acuerdo
|
Síntesis
|
1
|
Toca Civil
|
****/***
|
**************
|
ADMINISTRACION PORTURIA INTEGRAL DE ALTAMIRA
|
29/01/2013
|
PRIMERO.- Se REVOCA el proveído de quince de noviembre de dos mil
doce, dictado por la Juez Noveno de Distrito en el Estado, que reside en
Tampico, Tamaulipas, en el Juicio Ordinario Civil **/***, promovido por *********************, contra Administración Portuaria Integral de
Altamira, Sociedad Anónima de Capital Variable, en que se declaró
incompetente para conocer tal contradictorio y se establece que dicha
autoridad debe de tramitar y resolver el litigio planteado. SEGUNDO.- Con
apoyo en el acuerdo general número 29/2007, del Pleno del Consejo de la
Judicatura Federal, que determina el uso obligatorio del módulo de captura
del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, relativo a las
sentencias dictadas en los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito;
captúrese en el referido módulo el contenido de la presente resolución.
TERCERO.- Notifíquese a la recurrente en términos de ley; háganse las
anotaciones de rigor en el Libro de Gobierno y registros electrónicos
correspondientes, dándose de baja estadísticamente; expídanse las copias
certificadas que sean indispensables y con una de ellas devuélvanse al
Juzgado de su procedencia los autos originales del Juicio Ordinario Civil ***/****, así como sus dos anexos, y en su oportunidad archívese el Toca
como asunto concluido.
|
|
|
Actuario: José Gerardo Torres Huchin
Covarrubias
|
En breve mas información.
Busquen el pasado de DIP LEOS en Manzanillo, en API Manzanillo favorecio a Constructora Manzanillo, hasta socios son con la empresa de concretos Moctezuma, entre sus principales actos de corrupción son el Muelle de Cruceros y el nuevo Distribuidor Vial, que actualmente se realizaron pagos en pre-estimaciones y no han terminado. Investiguen a su cómplice Hector Holguin, su gerente de ingeniería, que aparte de dejar un hijo con una vigilante en Manzanillo, no tiene conocimientos de ingeniería.
ResponderEliminar